Hace apenas unos días, la Unión Europea ha establecido una serie de nuevas reglas que cambian y controlan el contenido de algunas redes sociales, en particular el uso de imágenes realizadas o modificadas por inteligencia artificial. Este es un tema que me interesa mucho y que estoy tratando académicamente, por lo que me importa en sus implicaciones. Esta noticia la tomo de el Diario de Avisos español y luego en las siguientes publicaciones desarrollaré más este tema.
En este artículo, https://diariodeavisos.elespanol.com/2026/08/union-europea-ley-inteligencia-artificial-transparencia-articulo-50/, se informa que ha entrado en vigor, desde el 2 de agosto de 2026, el artículo 50 del Reglamento europeo de inteligencia artificial, que obliga a las plataformas a identificar los textos, audios e imágenes generados por algoritmos, bajo penas de hasta 15 millones de euros.
En el texto del artículo, se dice que "la Unión Europea (UE) ha iniciado este domingo, 2 de agosto, una fase clave en la aplicación de la Ley de Inteligencia Artificial (AI Act). La entrada en vigor del artículo 50 del reglamento europeo activa las primeras obligaciones de transparencia, exigiendo a las empresas etiquetar con un marcado legible por máquina cualquier contenido generado o manipulado por algoritmos, incluidos los deepfakes y las respuestas de los chatbots".
Como podemos ver, este es un paso importante para la regularización de esta tecnología, dentro de lo que es concepto de gobernanza digital. Ahora las herramientas capaces de generar imagen, texto, vídeo o sonido deberán incorporar sistemas que permitan detectar su origen automatizado de forma clara. No es censura, es transparencia. También se aplica las plataformas que emplan asistentes conversacionales o sistemas de IA para interactuar con los usuarios. Estas tendrán que avisar explícitamente de que se está conversando con una máquina y no con un ser humano.
Así, ese artículo 50 exige que quienes utilicen IA para generar o manipular textos dirigidos a informar sobre asuntos de interés público (política, sanidad, economía o servicios públicos) declaren explícitamente el uso de esta tecnología. El artículo anteriormente citado también muestra un cronograma de aplicación, que copio aquí:
El despliegue de la normativa continuará de forma escalonada:
2 de diciembre: Entran en vigor las prohibiciones del paquete AI Omnibus sobre contenidos explícitos sin consentimiento o abusos a menores.
2 de diciembre de 2027: Se aplicarán los requisitos de seguridad reforzados para los sistemas de alto riesgo en sectores como la sanidad, la educación, el empleo, el transporte y la maquinaria industrial.
2 de agosto de 2028: Concluirá el periodo de adaptación para los productos sujetos a otras leyes de armonización europeas (como vehículos o dispositivos médicos).
Esto es una buena señal, porque los riesgos a los que nos vamos enfrentando con el uso desaforado de la IA van creciendo día a día, y no es que la tecnología sea dañina, al contrario; lo que está mal es su uso inadecuado. Veremos cómo se van desenvolviendo estas situaciones en el futuro cercano.
















