lunes, 3 de agosto de 2020

Kant, estética y razón (y 4)

El filósofo alemán Immanuel Kant (1724-1804), incluye el tema de la estética en sus libros dedicados a la crítica de la razón y del juicio (la Crítica de la razón pura de 1781, la Crítica de la razón práctica de 1788 y la Crítica del juicio de 1790), y donde define lo que él llama la "estética trascendental" y la "reflexión sobre la estética". Ya en las publicaciones anteriores desarrollé brevemente estas ideas, y hay que añadir que Kant tiene, sobre el concepto de reflexión estética, tres posiciones, que son válidas según las circunstancias en las que se apliquen. Quien mejor las explica el el profesor alemán Christoph Menke (1958), en su libro de 2011, Estética y negatividad. Allí nos dice que estos tres conceptos llevan a relaciones específicas entre lo estético, lo simbólico y lo ético. 

El primer significado de "reflexión estética" tiene que ver con el gusto de los sentidos. Aquí no hay juicios personales sino colectivos. Se razona sobre  un objeto sólo en consideración a las relaciones de su representación con el sentimiento de placer y dolor. Así lo pone Menke: "De todos modos, el gusto estético que emite el juicio 'este objeto es bello', exige para su sensación de placer que todos deberían compartir, y con ello supone que todos pueden compartirlo". Esta es la primera reflexión estética, porque dado que el gusto se relaciona con todos (es universal), todos podemos apreciarlo. Kant explica así el gusto, como una especie de sensus communis, "sentido común" que se entiende como una sensibilidad colectiva. Menke, concluye que el hecho de que un juicio estético sea reflexivo, implica, en su primera significación, una exigencia de universalidad que proviene de la comparación de todos los juicios de una comunidad. Es un sentido social de la reflexión estética.  

Kant utiliza, como segundo nivel analítico, el concepto de "reflexión" en un significado discriminatorio. Lo emplea para separar los juicios universalmente válidos sobre el placer en lo bello, de los juicios individuales que se basan en el placer de lo agradable, y a la vez para separarlos de los juicios morales universalmente válidos. El placer de lo bello no es una actividad conforme a ninguna ley, ni una contemplación razonada, sino una reflexión estética, no supeditada a juicios determinantes. "El aspecto decisivo de la reflexión estética en su segundo sentido -afirma Menke, -no es que en la contemplación estética no lleguemos a determinaciones del objeto, sino que nuestras facultades  estén activas de modo animado y unánime".  El concepto kantiano de reflexión estética se refiere aquí a un desarrollo en forma de "juego", es decir, un desarrollo no determinante de nuestras facultades de juicio y razón.

El tercer significado que Kant le da a la reflexión estética tiene que ver con la manera en que llegamos a ser conscientes de una concordancia subjetiva entre la facultad de conocer y el juicio del gusto. Según Menke, esto significa que "el placer estético es el medio de una autorrelación o de una autoconciencia". Aquí el concepto de reflexión estética no se refiere más que a una manera específicamente estética de autorreflexión. 

En resumen, el concepto de reflexión estética, idea clave en la noción de "estética trascendental" presente en Kant, tiene estros tres significados: en primer lugar, el gusto estético es reflexivo, debido a su relación universal; en segundo lugar, es reflexionante, en su relación con los objetos (a modo de juego); y en tercer es autorreflexivo, en cuanto a su relación autoplacentera con el sujeto estético. Finalmente, la contemplación estética se relaciona de manera reflexionante con los objetos, es decir, como desarrollo a modo de juego de las facultades racionales. ¡No son concepciones sencillas!

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